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En El Piñal (Foto Fraiban R.)
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El Senado y Cámara de Diputados,...

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Artículo 1°: Otorgase una pensión mensual y vitalicia a los BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, cuyo monto mensual será el equivalente al 100% DE la suma de tres (3) veces al haber mínimo de la jubilación ordinaria que perciben los beneficiarios del régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones establecido por la Ley 24.241, sus modificaciones y ampliaciones. Dicho monto será actualizado por el sistema de movilidad creado por la Ley 26.417. Percibirán también las asignaciones familiares que determina la ley 24.714 y sus modificatorias, para ello deberán cumplimentar los requisitos que exige la autoridad de aplicación.

Artículo 2°: Serán acreedores a la pensión aquellos agentes que acrediten:

a) Haber prestado servicios efectivos, continuos o alternados durante veinticinco (25) años y se encuentren en servicio activo o no y no ser menor a los cuarenta y cinco (45) años de edad.

b) Haber cumplido sesenta (60) años de edad, acreditando una prestación de servicios en forma continua o alternada de veinte (20) años y se encuentren en servicio activo o no.

c) A los efectos de la presente ley serán computables los años de servicios prestados en cuerpos de bomberos voluntarios que funcionen en territorio argentino; y los períodos de servicios en países extranjeros, exclusivamente cuando lo fuere en cumplimiento de alguna misión especial dispuesta por la superioridad.

d) Los bomberos, suboficiales, oficiales y jefes en situación de retiro o baja que se encuentren encuadrados en los incisos a) y b) de este articulado. También los derechohabientes.

e) Los servicios prestados en otros países serán reconocidos solamente si existe convenios de reciprocidad con la República Argentina.

d) El otorgamiento del beneficio establecido por la presente ley, no obliga al agente a retirarse del servicio en el que podrá continuar si esa es su voluntad y las reglamentaciones de las asociaciones, federaciones o leyes de bomberos se lo permiten.

Artículo 3º: Tendrán derecho a la obtención de la pensión, sin tener en cuenta la edad ni los años de servicio, los bomberos que sufran o hayan sufrido incapacidades físicas o intelectuales o muerte como consecuencia de actos de servicio o de enfermedades o por índole de la actividad bomberil que desarrolle o hayan desarrollado al momento del suceso o adquiridas durante el período que integran o integraban el cuerpo activo o la institución.

Artículo 4º: El beneficio mencionado en el artículo anterior será extensivo también a: los auxiliares, la reserva, la escuela de cadetes, miembros de la comisión directiva, asesores, idóneos, gestores o toda otra persona que preste servicio en forma regular en la asociación de bomberos voluntarios.

Artículo 5º: Los agentes acreedores a los beneficios que establece esta ley, podrán ser incorporados como beneficiarios de la Obra Social del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados; podrán incorporar a sus familiares a cargo y será compatible con otras obras sociales que pueda poseer el beneficiario. Estarán alcanzados por los aportes determinados para sus afiliados. Podrá contemplarse la incorporación a otra obra social.

Artículo 6°: En los casos de producirse un hecho de los mencionados en los artículos 3º y 4º, será responsabilidad del presidente o cualquier otro integrante de la Comisión Directiva de la Asociación de Bomberos, conjuntamente con la jefatura del cuerpo activo, realizar inmediatamente la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes y dentro de las 72 horas, ante la Dirección de Defensa Civil de la provincia y de la nación y a la respectiva federación. Cuando por las mismas circunstancias debe ser derivado a otros lugares para su mejor tratamiento o atención médica, brindarán todo su apoyo la Sociedad local, la Federación y Defensa Civil a las que pertenece el servidor o integrante y las mismas instituciones del lugar a la que arribe el convaleciente. Además se brindará contención familiar.

Artículo 7°: La incapacidad será determinada por una Junta Médica a nivel hospitalario con la complejidad necesaria para producir un diagnóstico técnicamente fundado sobre el tipo de incapacidad que padece el solicitante. Podrá concurrir a la revisación médica acompañado de un profesional médico que conozca su patología y pueda explicitarla ante la junta médica. Del dictamen de la Junta se dará vista y copia al interesado y en el caso de resultar negativo podrá éste, dentro de los diez (10) días, solicitar su reconsideración acompañando estudios complementarios que abonen su petición.

Artículo 8°: Para tener derecho al beneficio por incapacidad, el grado determinado tendrá que ser no inferior al 60 por ciento.

Artículo 9°: Para los casos contemplados en el artículo tercero (3º) y cuarto (4º) el beneficio se liquidará, con efecto retroactivo tomando como referencia el día siguiente al de ocurrido el hecho.

Artículo 10º: La pensión tendrá el carácter de bien propio y personal. No será objeto de transmisión, enajenación y será inembargable; en caso de fallecimiento del titular le sucederán sus derechohabientes.

Artículo 11°: Son derechohabientes del pensionado las personas enunciadas en el artículo 37º y 38º de la ley 18.037, quienes tendrán derecho mediante la simple acreditación del vínculo en el orden y prelación establecidos. Quedando equiparada a la situación de viuda en los casos de que el causante revista el carácter de soltero, viudo o divorciado, la mujer que hubiera convivido en forma pública y comprobable, durante un período mínimo de dos años inmediatos anteriores al fallecimiento, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 248º de la ley 20.744 de contrato de trabajo.

Artículo 12°: Los beneficios previstos en la presente ley son compatibles con cualquier otro de carácter provisional permanente o transitorio (cualquiera fuere su denominación) y con cualquier tipo de remuneración pública o privada que pueda percibir y/o con el ejercicio de otras actividades que pueda ejercer el agente sin limitación alguna.

Artículo 13°: Se fija con carácter permanente una bonificación extraordinaria para los beneficiarios de las pensiones, la que se abonará en dos (2) cuotas semestrales, cada una de ellas será calculada sobre la base del cincuenta (50%) del mayor haber percibido en el primer y segundo semestre del año.

Artículo 14°: Los beneficios establecidos por la presente ley, tendrán vigencia a partir de su promulgación y se liquidarán con efecto retroactivo a la fecha de la presentación de la solicitud por el beneficiario. Los servidores en condiciones de percibir el beneficio comenzarán el trámite para que no implique demora su otorgamiento. Podrá ser realizado directamente ante las asociaciones, federaciones, consejo o agrupaciones que representen a los bomberos o por el propio interesado. También lo podrá realizar la Dirección de Defensa Civil de la Nación. Las instituciones mencionadas se comprometerán a realizar los seguimientos de los expedientes hasta su otorgamiento.

Artículo 15°: Por cuanto no se puede establecer a la fecha de la vigencia de la ley en forma fehaciente, la nómina de servidores en condiciones de percibir el beneficio por primera vez, se realizará un relevamiento general en todo el país. Para su concreción los organismos de Defensa Civil de la Nación y de cada una de las provincias y Ciudad autónoma de Buenos Aires, con la información que les proveerán las asociaciones, federaciones, el consejo nacional y agrupaciones que representen a los bomberos voluntarios, confeccionarán y elevarán a las autoridades competentes el listado de beneficiarios de cada una de las instituciones bomberiles encuadrados en la ley. Dicha nómina será actualizada en lo sucesivo

mensualmente. Lo mencionado en este articulado no implicará demora en el otorgamiento del beneficio. El período de empadronamiento no tiene tiempo de finalización.

Artículo 16°: La autoridad de aplicación creará y mantendrá actualizado un registro de los pensionados por esta ley.

Artículo 17°: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los sesenta (60) días. Vencido este plazo, la misma será operativa automáticamente.

Artículo 18°: Para resolver situaciones no previstas en la presente norma legal relacionadas al otorgamiento de alguno de los beneficios que la misma dispone será de aplicación la resolución que sobre el tema dicte la autoridad designada, en la medida que no haya sido objeto de reglamentación. Podrán prestar colaboración las agrupaciones bomberiles para resolver tales situaciones.

Artículo 19°: Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

Articulo 20º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

Un bombero perdió una mano por un estallido


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LA PLATA (Valeria Musse /La Nación).- Un bombero resultó gravemente herido al estallar un artefacto explosivo colocado afuera del Instituto Superior de Formación del Servicio Penitenciario Bonaerense.
El ministro de Justicia y Seguridad provincial, Ricardo Casal, confirmó que el hombre perdió la mano derecha y descartó que el episodio se hubiera tratado "de un atentado institucional".
Fuentes policiales identificaron al bombero herido como Carlos González, quien había llegado hasta esa dependencia del Servicio Penitenciario Bonaerense, situada en la calle 135 entre 44 y 45, con un equipo especial de la Brigada de Explosivos de los Bomberos de La Plata, luego de que una llamada al 911 alertara sobre la presencia de un extraño paquete dejado de una ventana perteneciente al área del personal administrativo.
Minutos después de las 10.30, una empleada había advertido la presencia de una caja y avisado a las autoridades.
González fue el primer integrante de la Brigada de Explosivos que se acercó al paquete y, apenas abrió el envoltorio, el artefacto estalló, según informaron fuentes policiales a La Nacion. El bombero fue trasladado de urgencia al hospital de Melchor Romero y allí fue intervenido quirúrgicamente.
"Perdió la mano derecha y la otra la tiene muy comprometida", dijo el ministro Casal, desde la escuela de cadetes, y agregó: "Lo único que tenemos que lamentar es eso. Lo que corresponde es investigar rápidamente para que encontremos al autor de esta locura. No tengo dudas de que el responsable de la colocación de ese artefacto explosivo fue un demente".
Ante la consulta sobre si el aparato explosivo estaba destinado a algún miembro del personal jerárquico del Servicio Penitenciario Bonaerense, el funcionario provincial desestimó esa hipótesis.
"Yo descarto que sea una cuestión institucional. Creo que se trató de la obra de un desquiciado que intentó hacer daño con un artefacto explosivo en la vía pública, expuesto al tránsito de cientos de personas que caminan por este barrio, incluso niños que van a la escuela acá enfrente, lo que podría haber sido un desastre", enfatizó Casal.
Los primeros indicios indicaron que el explosivo metálico era de fabricación casera. Según relató Casal, los investigadores de la policía bonaerense buscaban identificar a quien colocó el explosivo, por lo que relevaron las grabaciones de las cámaras de seguridad del predio. Investiga el hecho el fiscal platense Alvaro Garganta.

Impuesto al fuego....

Bomberos quieren manejar fondos del "impuesto al fuego"

La federación critica la demora de los aportes comprometidos por la Provincia.


Más de cinco mil. Son los bomberos voluntarios activos en esta provincia, en 165 cuarteles del interior (La Voz/Archivo).
Más de cinco mil. Son los bomberos voluntarios activos en esta provincia, en 165 cuarteles del interior (La Voz/Archivo).
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La Federación de Bomberos Voluntarios de Córdoba, que agrupa a 151 de los 165 cuarteles de esta provincia, planteó su “incertidumbre y preocupación” por la demora en recibir recursos que había comprometido la Provincia, en el marco del Plan de Manejo del Fuego. La entidad reclama además tener una mayor participación en las decisiones que se toman respecto del destino de esos fondos, que surgen de un adicional que con cada factura de energía pagan todos los cordobeses.
Juan Sarría, presidente de la Federación, anticipó a La Voz del Interior que hoy la entidad se reunirá con funcionarios del Gobierno provincial. Luego, tendrán un encuentro, por separado, con dirigentes allegados al futuro gobernador José Manuel de la Sota.
En un mes, la ley que creó en 2004 el “impuesto al fuego” caducará. Tanto el actual Gobierno como el que lo sucederá han anticipado que habrá otra ley que prorrogue su vigencia.
Los cuarteles de bomberos apoyan la continuidad de ese tributo, mediante el cual en los últimos años tuvieron más recursos para equiparse. Pero a la vez reclaman tener más conocimiento y participación sobre la recaudación del impuesto y el modo en que se reparte.
“De la Sota nos prometió, meses atrás, que la federación de Bomberos tendrá una participación más activa”, dijo Sarría.
Mientras esperan los pasos del nuevo Gobierno, los bomberos le reclaman al que se va. En una nota enviada al gobernador Juan Schiaretti, la Federación le recordó que la Provincia no ha cumplido aún con los aportes comprometidos para este año.
“Adeudan a los cuarteles los subsidios anuales de 2010 y 2011 para capacitación”, marcó Sarría. “También está pendiente la entrega para comprar autobombas para los 32 cuarteles que faltan. Todos los demás en estos años los fueron recibiendo. Schiaretti nos prometió que este año llegarían para los 32 que faltan, pero no tenemos novedades”, acotó.
Otro punto son las camionetas. Desde que en 2005 se recauda el “impuesto al fuego”, cada cuartel recibió al menos una. Según la Federación, el compromiso era renovarlas cada cinco años. “Ya deberían estar reemplazando las entregadas en 2005, pero no hay nada”, dijo Sarría.
La federación bomberil también cuestiona que desde hace dos años se deriva el 30 por ciento del “impuesto al fuego” a los programas de erradicación de basurales. Desde la Provincia han argumentado que los basurales son un foco habitual de inicio de fuegos.
Según el Presupuesto Provincial para 2012, ese desvío continuará, aunque bajando del 30 al 20 por ciento.
En tanto, el fondo fijo para repartir entre todos los cuarteles aumentará levemente: hoy es del 15 por ciento del 70 por ciento que queda para el Plan del Fuego y pasará en 2012 al 12,5 por ciento, pero sobre el 80 por ciento del total recaudado por el tributo.
Fondos a cuarteles
50 millones. El “impuesto al fuego” recauda hoy unos 50 millones de pesos anuales. Desde 2010, el 30 por ciento va a Ambiente, para erradicar basurales.
Reparto. De los 35 millones que quedan, el 15 por ciento se reparte por partes iguales a los 165 cuarteles: son unos tres mil pesos por mes a cada uno. Aparte, se le deposita 4.500 pesos mensuales más a cada uno.
420 pagos. A unos 420 bomberos de 60 cuarteles de las zonas de más riesgo de incendio forestal, el Plan Provincial les paga 1.750 pesos por mes para tareas fijas de prevención y vigía.
Equipos. Además, el Plan aporta, aunque no con un programa establecido, vehículos, equipamiento y ropa a los cuarteles.

Para los Maquinistas (1)

CHOQUE MULTIPLE ENTRE AUTOBOMBA, COLECTIVO Y VEHICULO / ONCE EN BUENOS AIRES / ARGENTINA

VER VIDEO DEL ACCIDENTE:
ENLACE: 

Dos muertos y 17 heridos en un impresionante choque en Plaza Miserere

En el cruce de Mitre y Pueyrredón, un auto chocó violentamente a una autobomba que se dirigía a una emergencia. Luego los dos chocaron a un colectivo que terminó incrustado en la confitería La Perla, a 100 metros.
Dos muertos y 17 heridos en un violento accidente de tránsito que ocurrió pasado el mediodía en el barrio porteño de Once y que terminó con un colectivo incrustado en la tradicional confitería La Perla.
 
Segun informó Alberto Crescenti, titular del SAME, en Bartolomé Mitre y Pueyrredón, una autobomba -que iba hacia una emergencia en las vías del ferrocarril Sarmiento- y un auto chocaron violentamente y, luego, ambos vehículos embistieron a un colectivo. “Hay dos personas fallecidas y varios heridos, entre ellos cuatro bomberos derivados al hospital Churruca. En el lugar hay ocho ambulancias trabajando”, informó Crescenti en diálogo con C5N.
 
En tanto, el colectivo de la línea 188 que fue impactado tras el choque de la autobomba y el Renault Clio (sus dos ocupantes fueron las personas que murieron) retrocedió sin control unos 100 metros y terminó incrustado contra la confitería La Perla en Rivadavia y Jujuy.
 
“En ese segundo incidente, por el momento, tomamos conocimiento de seis mujeres con politraumatismos y seis hombres en las mismas condiciones aunque tres de ellos revisten mayor gravedad. Todos fueron derivados a los hospitales Penna, Ramos Mejía y Durán”, explicó el titular del SAME.
 
Acudieron al menos 20 ambulancias al lugar y en estos momentos la división de Policía Científica está trabajando sobre las esquinas de los accidentes, por lo que parte del tránsito en esa zona está cortado.
 
Un accidente múltiple dejó dos muertos en Once. (Claudia Isabel Jones)
 
PUBLICACIÓN EN EL SITIO LA HERMANDAD DE BOMBEROS:
 
tito

CHOQUE MULTIPLE ENTRE AUTOBOMBA, COLECTIVO Y VEHICULO / ONCE EN BUENOS AIRES / ARGENTINA

Dos personas murieron esta tarde y al menos 17 resultaron heridas tras un accidente entre un vehículo, un autobomba y un colectivo en la zona porteña de Once, informaron fuentes policiales.El hecho se inició en Bartolomé Mitre y avenida Pueyrredón, frente a la Plaza Miserere de esta Capital Federal, donde un Renault Clío gris que transitaba por la primera de las calles chocó con un autobomba que se desplazaba por la otra arteria.Fuentes policiales informaron a Télam que a raíz de ese primer impacto, los dos vehículos colisionaron con el interno 1782 de la Línea 188 que estaba detenido en la parada de Pueyrredón, a unos 30 metros del semáforo.Un jefe policial y fuentes de la empresa explicaron a Télam que como consecuencia del impacto recibido, el mismo colectivo se movió 100 metros hacia atrás y se incrustó de culata en el bar "La Perla", situado en la esquina sudeste de las avenidas Jujuy y Rivadavia.Las fuentes policiales confirmaron que a raíz del accidente múltiple, dos personas que iban a bordo del Clío murieron en el lugar mientras que un menor de edad que los acompañaba resultó herido, al igual que cuatro bomberos que fueron trasladados al Hospital Churruca.En tanto, Alberto Crescenti, director del Servicio de Atención Médica de Emergencias (SAME), informó a Télam que del choque del colectivo con el frente del bar al menos 12 personas sufrieron politraumatismos, seis hombres y seis mujeres, entre las que hay una embarazada y una menor de edad.Todos estos heridos fueron trasladados por ambulancias del SAME a los hospitales Penna, Durand y Ramos Mejía.Las causas de sendos accidentes son investigadas por el personal de la comisarías 7ma. y 8va. de la Policía Federal Argentina (PFA)Fuente: http://www.lanacion.com.ar/1421005-dos-personas-murieron-en-un-choq...

Para los Maquinistas

http://youtu.be/wjwd2yv7bcE



Choca camión de bomberos, 2 muertos

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PobreEl mejor 
ARGENTINA (lanacion.com.ar).- Dos personas murieron esta tarde y al menos 17 resultaron heridas tras un accidente entre un vehículo, un autobomba y un colectivo en la zona porteña de Once, informaron fuentes policiales.
El hecho se inició en Bartolomé Mitre y avenida Pueyrredón, frente a la Plaza Miserere de esta Capital Federal, donde un Renault Clío gris que transitaba por la primera de las calles chocó con un autobomba que se desplazaba por la otra arteria.
Fuentes policiales informaron a Télam que a raíz de ese primer impacto, los dos vehículos colisionaron con el interno 1782 de la Línea 188 que estaba detenido en la parada de Pueyrredón, a unos 30 metros del semáforo.
Un jefe policial y fuentes de la empresa explicaron a Télam que como consecuencia del impacto recibido, el mismo colectivo se movió 100 metros hacia atrás y se incrustó de culata en el bar "La Perla", situado en la esquina sudeste de las avenidas Jujuy y Rivadavia.
Las fuentes policiales confirmaron que a raíz del accidente múltiple, dos personas que iban a bordo del Clío murieron en el lugar mientras que un menor de edad que los acompañaba resultó herido, al igual que cuatro bomberos que fueron trasladados al Hospital Churruca.
En tanto, Alberto Crescenti, director del Servicio de Atención Médica de Emergencias (SAME), informó a Télam que del choque del colectivo con el frente del bar al menos 12 personas sufrieron politraumatismos, seis hombres y seis mujeres, entre las que hay una embarazada y una menor de edad.
Todos estos heridos fueron trasladados por ambulancias del SAME a los hospitales Penna, Durand y Ramos Mejía.
Las causas de sendos accidentes son investigadas por el personal de la comisarías 7ma. y 8va. de la Policía Federal Argentina (PFA)

Héroes anónimos: hoy se celebra el Día del Bombero


El festejo fue establecido en recuerdo de la creación del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Boca, concretada el 2 de Junio de 1884.

jueves, 02 de junio de 2011
Héroes anónimos: hoy se celebra el Día del Bombero
En el país hay 40 mil efectivos que día a día trabajan por el bien común. (Claudio Gutiérrez/Los Andes)
La celebración del Día del Bombero fue establecida en recuerdo de la creación del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Boca, concretada el 2 de Junio de 1884 por iniciativa de Tomás Liberti, vecino de ese barrio porteño, bajo el lema "querer es poder".

Posteriormente, en abril de 2002, se instituyó el "Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina" a través de la ley número 25.425.

Según indicó el Consejo Nacional de Federaciones de Bomberos Voluntarios, la iniciativa de crear un cuerpo de bomberos surge en La Boca, debido a que en aquellos tiempos era uno de los barrios más populosos de Buenos Aires donde las construcciones, casi todas de madera y zinc, ofrecían un continuo y serio peligro para la población y se requería una entidad que asumiese su defensa.

La "Sociedad Pompieri Voluntari Della Boca", creada el domingo 2 de junio de 1884 en una reunión de vecinos en el Ateneo "Iris" recibió su bautismo en un gran incendio de la fábrica de velas de Barracas al Sud, el 14 de Noviembre de 1885, obteniendo el elogio del pueblo y de la prensa en general.

En la actualidad, el Consejo Nacional agrupa a 19 Federaciones Provinciales y 5 Delegaciones de otras tantas provincias que representan 660 Cuerpos de Bomberos, integrados por 40.000 efectivos y 10 escuelas de Capacitación, con sus centros regionales.

El ministro del Interior, Florencio Randazzo, recibirá mañana en la Casa Rosada al Consejo, al conmemorarse el "Día del Bombero Voluntario", se informó oficialmente.

El encuentro se realizará a las 11 en el Salón de los Escudos del Ministerio del Interior, y los servidores públicos concurrirán encabezados por el presidente del Consejo, Carlos Alberto Ferlise.

Un "Bacheo" para la N° 2 del termial

Hoy fue un día lleno de Bendiciones para La Estación N| 2 del Terminal de Pasajeros de La Concordia, Una Cocina nueva llego a Los BOMBEROS ...